CARTAS: Ética y ejercicio de la profesión de abogado
07.06.2024
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07.06.2024
Señor director: Todos los operadores del Derecho estamos expuestos a situaciones en las que nos toca anteponer principios éticos para el mejor desarrollo de los proceso en que participamos, y que incluso pueden redundar en un perjuicio para nuestros propias posiciones y argumentos. Antes que los propios intereses, está el salvaguardar la fe pública, que es el valor fundamental para que un estado de derecho, como el chileno, pueda navegar en estos tiempos de fuertes cuestionamientos a las instituciones políticas y democráticas.
El rol de las abogadas y abogados es fundamental para poder salir airosos de esta crisis de confianza que se está viviendo sobre las instituciones democráticas, y en particular sobre las ligadas al Derecho. Ha sido lamentable observar cómo importantes abogados de la plaza han olvidado principios éticos rectores para ejercer la profesión, como el buscar la verdad en el procedimiento nunca dejando de resguardar el actuar con precisa honradez. No “todo vale”, como se indica coloquialmente para obtener un resultado positivo a tus intereses. Antes se debe actuar con dignidad y honor. Al referirse a estas palabras que están en el Código de Ética vigente para los abogados que estamos colegiados en Chile, uno entiende que aquí el sentido común es fundamental en la práctica profesional.
Resulta paradójico que muchas veces la imagen del operador del Derecho exitoso sean justamente personas que olvidan los principios anteriormente indicados, y están siempre jugando en los límites de la ética. Pareciera que los abogados con una irreprochable honorabilidad y dignidad en el ejercicio de la profesión pasan más bien desapercibidos. Ahora, frente a esta realidad: qué soluciones podemos seguir. Un camino es el propuesto en la Constitución de 1980, que estableció la plena libertad para que los profesionales se afilien a la colegiatura respectiva que dentro de sus funciones está el resguardar el ejercicio de la profesión cumpliendo con los mínimos estándares éticos, y que en caso de contravención de los mismos, el infractor sea sancionado por sus propios pares. Otro camino es volver a la colegiatura obligatoria de los abogados, lo que puede ser no una solución definitiva, pero sí un disuasivo para aquellos operadores inescrupulosos y que no tienen intenciones de responder a los estándares éticos que la abogacía exige.
En lo personal, creo que el camino de solución está antes. Esto es, en la enseñanza en las facultades de Derecho del país, donde el curso de ética ha sido dejado como asignatura opcional y no se le ha dado el peso que merece. Ahora la enseñanza de la ética profesional debe ser eminentemente práctica para poner a los alumnos en situaciones hipotéticas complejas que son las que les tocará enfrentar en el ejercicio profesional.
Para cerrar sólo citar que la palabra abogado proviene del latín ‘advocatus’, que deriva de la expresión ad auzilium vocatus, que significa «el llamado para auxiliar». Agregaría: “el llamado a auxiliar siempre cumpliendo con honorabilidad y dignidad la profesión.”