Campañas municipales: la tentadora autopromoción
17.07.2024
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17.07.2024
Destacar una gestión personalista por encima de equipos e instituciones parece ser la tendencia de aquellas autoridades que buscan la reelección en las próximas municipales. Todas las vías sirven para los incumbentes, sobre todo si son amplificadas por los medios y permiten una incesante autorreferencia. Sin embargo, la normativa vigente limita estas actividades, en cuanto a formas, plazos y gastos. Lo detallan en columna para CIPER dos investigadores y expertos en administración pública.
Observemos una tendencia de los últimos meses en nuestro espacio público: autoridades municipales que asisten a programas de radio y televisión para tratar asuntos ajenos a su labor; cuentas públicas alcaldicias al medio de costosos espectáculos que parecen enaltecer a quienes las rinden; entrega directa de beneficios a la comunidad con firma (y, por supuesto, foto) de la autoridad a cargo; y cobertura en medios de logros en gestión atribuidos a nombres y rostros individuales, en lugar de los de una institución.
En otras palabras, asistimos en estas semanas a un desfile promocional de autoridades municipales que poco tiene que ver con su labor específica de gestión de comunidades urbanas. La proximidad de las elecciones municipales (octubre) no puede ser coincidencia.
¿Es esto legal o se encuentra en una zona gris necesitada de más regulación? ¿Pueden utilizarse los recursos del municipio para tales fines? Lo cierto es que la legislación respecto a las atribuciones de toda autoridad municipal es bastante clara en cuanto a límites, formas y recursos, más allá de que hoy nos hayamos acostumbrado a prácticas cuestionables y relativamente extendidas por parte de los incumbentes. Sin embargo, advertimos que todo esto debiera preocuparnos, especialmente bajo un escenario de elecciones con inscripción automática y voto obligatorio que debuta a nivel municipal este año 2024.
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Es fundamental señalar que Contraloría General de la República (CGR) para cada año electoral emite instructivos recopilatorios a nivel de legislación con el propósito de asegurar la probidad y transparencia en cada proceso electoral, y el presente año no ha sido la excepción. Entre los elementos a destacar, se establecen criterios de prescindencia política de los funcionarios, quienes deben evitar cualquier actividad política dentro de la administración del Estado; la prohibición en el uso de recursos públicos; criterios de norma sobre publicidad y difusión que impiden la promoción de logros personales de las autoridades en ejercicio y la subrogación de autoridades en sus funciones treinta días antes de las elecciones.
Señalado lo anterior, existen múltiples situaciones que pueden ser catalogadas como faltas que contravienen la legislación acorde a las instrucciones de la CGR. Por ejemplo, el uso de infraestructura, vehículos, herramientas y materiales de los municipios para actividades o eventos de campañas, así como las donaciones de cualquier tipo (incluyendo dinero, gift cards, ayudas sociales o implementos deportivos). Otros actos que se encuentran al filo de lo establecido están relacionados con la invitación a participar de actividades mediante anuncios publicitarios con contenido propagandístico en redes sociales institucionales pagadas, televisión, radio y/o medios impresos. También el tiempo utilizado para actividades de campaña durante la jornada laboral puede constituirse en una falta, ya que en muchas ocasiones implica que las autoridades dejen de cumplir adecuadamente sus funciones institucionales.
Entre los casos más emblemáticos de transgresiones a esta normativa se puede mencionar el caso de Cathy Barriga [foto superior], exalcaldesa de Maipú que fue acusada de realizar actos de campaña utilizando las redes sociales de la municipalidad, más la confección de libros de cuentas públicas que, de manera injustificada, incluían más de cien fotos con su imagen. En 2021, los casos de los entonces alcaldes Daniel Jadue (Recoleta) y Joaquín Lavín (Las Condes) también fueron de alta connotación pública, cuando ambos fueron acusados de utilizar las redes sociales del municipio para organizar encuentros públicos que promovían sus respectivas candidaturas presidenciales. Otro caso muy recordado fue el de Virginia Reginato, la exalcaldesa de Viña del Mar que fue acusada de utilizar vehículos municipales para actividades de campaña.
Hubo situaciones similares hace no tanto tiempo en Quilpué (ex alcalde Mauricio Viñambres) y Lo Barnechea (Felipe Guevara).
Comprobamos, así, que las prácticas de autopromoción edilicia son extendidas, independientemente de la comuna o el color político. ¿Por qué debieran preocuparnos? En primera instancia, porque este tipo de acciones genera una desigualdad en la competencia electoral, toda vez que los incumbentes son rostros conocidos y, en consecuencia, tienen mayor acceso a redes y recursos para ir por su reelección, en comparación con candidaturas desafiantes que buscan ganarse un espacio para competir en la mayor igualdad posible de condiciones.
En segunda instancia, y aún más importante, los recursos públicos no deben estar a disposición de objetivos personalistas ni prestarse para relaciones clientelares, ya que la gestión local debe estar al servicio de todas las personas que habitan el territorio. Este año electoral será muy singular; principalmente, porque serán las primeras elecciones municipales con sistema de inscripción automática y voto obligatorio, por lo que los incumbentes tendrán que ir más allá de sus nichos electorales si es que quieren asegurarse la reelección (lo que implica un mayor despliegue territorial, de recursos humanos y financieros). Dicho de otro modo: las campañas serán más costosas.
Los alcaldes que irán por su reelección podrían, así, verse tentados de utilizar los recursos de las municipalidades que administran para tal fin. Si ya se ha hecho en el pasado con reglas que hasta el presente año volvían la elección relativamente predecible bajo el sistema de voto voluntario, ahora existe un mayor grado de incertidumbre; especialmente, bajo un escenario de desconfianza de la ciudadanía hacia la política. Los incentivos de operar fuera de la ley están muy presentes, más considerando las limitadas capacidades que tiene la CGR para investigar a tiempo a todas las municipalidades (sus dictámenes pueden, incluso, llegar después de la elección; como sucedió con el exalcalde Guevara, quien fue sancionado en 2022 por hechos que ocurrieron en 2016).
En términos generales, la legislación chilena es muy clara respecto a lo que se puede y no se puede hacer en periodo electoral por parte de las candidaturas incumbentes. Pese a ello, el uso de recursos municipales para actos de campaña se ha convertido en una práctica extendida a lo largo del territorio, y que no distingue de color político. Son malas prácticas que se amplifican aún más con el caso de los llamados «delfines» alcaldicios, destinados a continuar con la administración de aquel o aquella alcalde que ha cumplido su tercer período y no puede competir nuevamente, si bien tiene en mente dejar una sucesión en manos de gente de su confianza. Ejemplos, hay varios.