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Comentarios (11)

Eduardo Labarca | 02.07.2009
Estimada Carmen Luz. Escribo desde Viena, Ausrtia, no te conozco, pero tus argumentos me han impresionado. Te cuento la historia de un fragmento "robado"... Yo dirigía el Noticiario Nacional de Chile Films durante el último año del gobierno de Allende, y vi con mis ojos el instante en que los militares escondieron la cámara del camarógrafo argentino Leonardo Henrichsen, quien filmó su propia muerte cuando le dispararon el 29 de junio de 1973. Con ayuda de los guardaespaldas de Allende recuperamos la cámara y en el Noticiario usé ese fragmento, que dio la vuelta al mundo y hasta hoy se sigue mostrando. Ni al camarógrafo ni a su familia les pagamos un centavo. En 1997 conté la historia en el libro "Morir es la noticia", de Ernesto Carmona, en un artículo en forma de carta a Leonardo, que termina con los siguientes párrafos: "Llegado a este punto de mi carta, siento necesario formularme a mí mismo una pregunta: ¿Fui, he sido yo leal contigo? ¿Fuimos nosotros –me refiero a la gente de Chile Films de entonces– leales? No es fácil contestar. Es innegable que teniendo tu sobrecogedora película entre las manos, nos faltó tranquilidad para preocuparnos de ti como persona. Con esa película queríamos mostrar que habías sido la primera víctima de una máquina infernal en movimiento, necesitábamos dar la alerta. En todo momento –y lo declaro sin rodeos– me sentí con derecho, y con la obligación además, de utilizarla y mostrarla sin pedir permiso a nadie. Ese sentimiento lo compartíamos todos los que hubimos de tomar las decisiones: yo, Douglas Hubner, Eduardo Paredes y evidentemente el propio Salvador Allende, quien ordenó que la cámara recogida por el GAP nos fuese entregada. Ninguno de los cineastas y técnicos involucrados en el episodio expresó tampoco la menor duda u objeción. "En mi urgencia no me di tiempo para averiguar quién habías sido tú realmente, qué inquietudes te habían movido, qué ideales habías profesado. Esas averiguaciones hubiesen dado respuesta a la pregunta que no me formulé: si lo que estábamos haciendo con tu película póstuma era algo que tú hubieras podido aprobar. Siempre, es cierto, te consideré uno de los nuestros, un muerto de nuestra causa, pero no preví, por ejemplo, la posibilidad de ir a Buenos Aires a consolar a tu familia y a tus amigos con mi relato, ni de pedir a los tuyos o a aquéllos para quienes trabajabas autorización para usar tu filmación. Nos jugábamos el todo por el todo al borde del abismo, éramos profetas, salvadores, mesías resueltos a un esfuerzo supremo en aras del futuro de Chile, pero en tu caso olvidamos ciertos "detalles" humanos. A tu muerte se sumaron más tarde tantas muertes... A la distancia, admito hoy que las decisiones que me creí libre de adoptar con respecto a ti y a tu obra tenían aspectos éticos que entonces no supe o no quise percibir y que hoy día consideraría insoslayables. "En torno a tu muerte, tu cámara, tu película, nació la leyenda y ruedan hasta hoy múltiples versiones, a las que en esta carta he querido agregar la mía. En estos años yo he seguido mi camino. Pero a partir de ese 29 de junio, cuando vi fugazmente a unos soldados deshacerse de una cámara que resultaría ser tu cámara, mi vida, quiéralo yo o no, se vinculó a tu vida y especialmente a tu muerte. Y así, Leonardo Henrichsen, seguiremos hasta el día en que la muerte me alcance también." Último dato: Hace dos semanas se estrenó en Buenos Aires el documental "Imagen final", del cineasta argentinoi Andrés Habegger, sobre el caso de Leonardo Henrichsen.
Cristián Oliveros | 06.05.2009
Concuerdo con Carmen en el sentido que quienes hacen uso de material fílmico deban pagar si son entidades que lucran con dicha exhibición, ya sean universidades, canales de tv, etc. Ahora, en el caso particular de los canales de TV, si finalmente se aprueba la norma europea o japonesa de tv digital, es posible que aparezcan canales locales (algo análogo a las radios comunitarias) con pocos recursos o sin fines de lucro, y en ese caso el uso que puedan hacer de material documental también debería estar normado. A mi juicio, deberían estar exentos de pago y obligados a hacer mención del autor y de la obra.
Claudia Aranda | 24.04.2009
Escribir una obra literaria puede ser tan riesgoso para la vida, oneroso y demandante de años de investigación, estudio o preparación, como el de esos ariesgados reporteros, periodistas o documentalistas. Sí, es lo mismo citar una obra literaria , a una obra audiovisual. El problema no radica en esa protección que requiere el autor, que es necesaria bajo este sistema económico. El problema es cómo hacer que nuestra única fuente de ingresos no sea la comercialización de nuestras obras a tal punto que sea mejor guardarlas celosamente bajo siete llaves y nunca darla a conocer a quienes no tienen cómo pagar por verla y aprender de ellas.
Claudio Ruiz | 24.04.2009
Estimada Carmen Luz, Qué bueno que compartimos el amor por la discusión. En mi caso, porque jamás pierdo la esperanza de encontrarme con mejores argumentos y por tanto estoy siempre abierto a cambiar de opinión. Leyendo tu respuesta, me queda claro que estamos en el mismo lado de la balanza, aquella que se encuentra absolutamente desequilibrada producto de los intereses de grandes industrias. Pero honestamente creo que yerras el blanco respecto de este proyecto de ley en particular, que dista de ser "una aberración". Según colijo de tu respuesta -y por favor corrígeme si estoy equivocado- es que esta excepción pudiera permitir que los canales de televisión emitan obras audiovisuales, o fragmentos de ella, por parte de canales de televisión. Si éste fuera su efecto, yo sería el primero en oponerme, pero por el contrario, creo que esta excepción no permite aquello sino que por el contrario, termina favoreciendo a los propios documentalistas, como argumenté en mi correo anterior. Como decía anteriormente, un uso justo no es cualquier tipo de uso. Un uso justo es aquel que no interfiere con la explotación normal de la obra ni causa perjuicio a los intereses legítimos del autor o del titular del respectivo derecho. Por definición, entonces, el uso que hacen canales de televisión sin pago de derechos a los autores no corresponde, según la excepción, a un uso justo. Es más, en ningún país del mundo aquello corresponde a un uso autorizado por la ley precisamente porque en el resto del mundo los canales de televisión pagan por el uso de material audiovisual, como debiera ser. No veo en qué lugar, y te lo digo muy sinceramente, esta norma favorecería los intereses de conglomerados televisivos en contra de los creadores audiovisuales. La causa por la defensa de los derechos de los audiovisualistas, que personalmente comparto, no está dada por la arremetida de un proyecto de ley como este que, como trato de explicar, no supone perjuicio alguno. La causa de por la defensa de sus derechos tiene que ver con organización y con ejercicio de derechos, lo que está contemplado tanto en la ley actual y no pretende ser modificada por la que se encuentra en discusión. Saludos, Claudio
Viviana Erpel | 24.04.2009 | Socio/a 124 años y 11 meses
Hola,felicito a Carmen Luz por su columna y por imprimir un criterio de realidad en relación a los alcances de un proyecto de ley, que desde mi punto de vista es irresponsable y populista. Las buenas intenciones abundan pero proyectando su implementación en el mundo real, es débil y susceptible de generar resultados que, cómo ha explicado Carmen Luz, promuevan e insistan en el abuso que las grandes empresas de comunicación y educación mantienen con el mundo de la creación independiente. Creo que la discusión que se da con Claudio, es mas bien el resultado de que ambos argumentan desde planos distintos. Por un lado Carmen Luz habla desde el Ser, desde lo que ha sido y está siendo la relación entre creadores independientes y las empresas de comunicación y educación, mientras Claudio, habla desde el DEBER SER, un deber ser que compartimos, pero que no tiene relación con la forma en que se manejan realmente las empresas aludidas. La perfección se puede construir en el papel, y podemos estar de acuerdo con ella, pero el factor humano y más allá el factor negocio y la disparidad de las fuerzas, convierten a este proyecto de ley en una herramienta que lejos de beneficiar a los ciudadanos, se colude indirectamente, por ignorancia al parecer, con las empresas que hasta ahora no dan señales sino de lucrar a costa de lo que sea. Saludos a todos y felicito la existencia de esta tribuna de discusión. Viviana Erpel
Andrés | 24.04.2009
Te encuentro razón Carmen Luz en defender imágenes que, la mayoría de las veces, son únicas y duran segundos. Probablemente eso pueda solucionarse con preparar un "trailer" para uso libre, así como lo hacen con las películas comerciales. Pero eso es una pata, la otra es internet, donde la cosa es demasiado compleja como para resolverlo con una ley. Lamentablemente, ahi los problemas son mayores para ustedes, pues los músicos peden liberar su creación, difundirla por internet y cuando se hacen conocidos, salen a dar conciertos para recaudar plata. Pero la internet para los documentalistas tabién es un perjuicio, porque no hay DRM ni nada que detenga al pirata. Una opción es vender a buen precio y en excelente calidad en la red(la mayoría va a querer tener un excelente producto a un precio módico en vez de piratearlo a menor calidad, aunque sea gratis), pero sólo a personas naturales. Todo acto comercial, debiera estar protegido por esta ley y defender el pago de derechos de uso. Pero, por favor, diferenciemos el uso privado del público, porque de lo contrario, nos pasamos a la parte que defiende (y muy bien) Claudio Ruiz en la otra columna. Saludos y felicitaciones por tu trabajo, de excelente calidad
Carmen Luz Parot | 23.04.2009
Estimado Claudio Gracias por el tiempo que te tomas en leer la columna y escribir con el ánimo de discutir . Siempre me ha gustado la discusión sobre todo discutir con gente preparada como deja ver tu carta. Pero no entiendo bien como esta excepción, muy clara en el beneficio unilaterial a la TV e Internet, no ampara el robo de los canales. "Información de noticias" es un término muy amplio que se extiende además a todos los programas de prensa de un canal de TV (que es el area que nos interesa) o páginas noticiosas de internet. Todos los casos son especiales ya que es la esencia de una noticia, su relevancia social. 30 años del Golpe de Estado fue una ocasión especial por la cual los canales piratearon sin miramientos los mismos trabajos que censuraban sacandolos de contexto. No existía esta modificación, imagínate como habría sido bajo esta ley en vigencia. El uso de un fragmento de ficción para una crítica por ejemplo, no causa el perjuicio que sí existe en el uso de un fragmento para un documental en una información de prensa. Documental viene precisamente del término "documento". Un documento es una imágen valiosa por su relevancia, su exclusividad y el tiempo tomado en conseguirla. Las torres Gemelas se cayeron en 12 segundos.La imágen de un Puma, un Huemul Blanco, etc puede tomar años de vigilia y esfuerzo. No te imaginas lo que esa simple frase "uso justo...para información de noticias" puede significar para los camarógrafos independientes que viven de vender fragmentos, documentos muy "noticiosos" para los canales que ahora pueden conseguir gratuitamente y sin la autorización de su legítimo dueño. Ese artículo es una aberración. Si queremos luchar contra el robo además debemos probar ante tribunales que la cita "no causó perjuicio injustificado a los intereses del autor". Dime cómo se prueba eso, si a tu entender y el de muchos solo se trata de un mero fragmento. Slds CLP
Luis Guajardo | 23.04.2009
Hace 25 años que vivo en USA "Los Angeles", trabajo en la industria de Cine-teatro-TV, pero antes trabajé muchos años en Chile. Creo que en Chile deben cambiar muchas cosas como por ejemplo que en TV no pagan el derecho de autor, he notado que ellos piensan que es un favor cuando exiben las historias que la gente cuenta, es el caso de Mea Culpa, El dia menos pensado y otros programas de TV. ellos profitan de esas historias y muy bién, por esos mismos trabajo, por esas mismas historias aqui en USA y Mexico se pagan sumas muy altas en dinero mas porcentajes, aun no he conversado con los actores que actúan en esas historias pero me imagino que lo hacen por sueldos miserables.
Claudio Ruiz | 23.04.2009
Estimada Carmen Luz, He leído con mucho interés tu columna en CIPER y valoro mucho la oportunidad de conocer de primera fuente las dudas y propuestas de los documentalistas chilenos respecto de la ley en discusión. Pero al mismo tiempo creo que es necesario hacer ciertas precisiones y aclarar algunos puntos sobre lo que has señalado como contenido del -como defines, alarmante- proyecto y los efectos que podría tener para nuestros creadores audiovisuales. En primer lugar, una aclaración respecto del alcance del derecho de cita. Como debes saber, esta excepción ya existe en Chile, claro que injustamente -en mi opinión- sólo aplicable a obras literarias. A pesar de ello, y de que dicha norma existe desde hace muchos años, nuestros poetas, novelistas y escritores no se han visto afectados en lo absoluto por esta excepción ni ha existido editorial alguna que haya utilizado la cita para editar libros sin pagar los derechos de autor que corresponden. Incluso más, para muchos de nosotros la cita constituye una excepción fundamental, pues sería inaplicable -además de sin sentido- conseguir el permiso de cada uno de los autores que referencias para hacer citarlos en una obra nueva. De esta manera, me cuesta pensar por que tendríamos que tratar de forma diferente otro tipo de obras -por ejemplo las audiovisuales- y por que una excepción como esta daría paso a situaciones injustas y contrarias a los derechos de los autores como las que planteas, siendo que la experiencia que te comento indica sin lugar a dudas que no ha sido así. Por lo demás, yo también estoy de acuerdo con que no es lo mismo citar un poema en un colegio que un documental en un noticiario. Pero lo que dice la ley actual no es sólo que ambas situaciones son ilícitas, sino que, además, desde el punto de vista de la infracción es igual de delincuente quien vende el DVD pirateado de "Estadio Nacional" de quien en la soledad de su hogar le saca una copia de respaldo a la versión legítimamente adquirida. Y supongo que estamos de acuerdo que tanto desde el sentido común como desde el interés de explotación de los creadores, no es ni debiera ser una situación similar. Por otro lado, y yendo más allá de la cita, es necesario precisar que en caso alguno el proyecto contempla algo como el "libre uso de fragmentos". Es más, la indicación parlamentaria a la que haces referencia (entiendo la 123 y 124), para su aplicación incluye criterios copulativos a ser respetados, a saber: 1- Que se trate de un caso especial 2- Que no atente contra la explotación normal de la obra. 3- Que no cause un perjuicio injustificado a los intereses del autor. Estos criterios son criterios internacionalmente aceptados precisamente porque permiten distinguir ciertos usos de obras que revisten carácter comercial, y por tanto suponen un perjuicio a los intereses legítimos de los autores, de aquellos que no. Es la aplicación de estos criterios lo que impediría que fuesen legalizados todos los ejemplos que presentas en tu columna como abusivos para los derechos de los creadores. Desde el punto de vista de los abusos de los canales de televisión, no te llames a engaño. Que yo sepa nadie, ningún grupo de quienes están participando de la discusión parlamentaria -y ninguna indicación en trámite, por lo demás- pretende proteger prácticas abusivas como las que describes. Es más, me atrevería a decir que los abusos a los que son sometidos nuestros audiovisualistas tienen que ver principalmente con deficiencias en sus distintas formas de organización y a la escasez de acciones legales destinados a proteger dichos derechos. Así como en el caso de "Don Otto" la culpa no es del sillón, en el caso de la defensa de los derechos de los titulares la culpa por la existencia de abusos no es de la ley, toda vez que entrega todas las herramientas legales que te imaginas para accionar. Finalmente, en tu artículo expones la precaria situación de los audiovisualistas respecto de las estaciones de televisión para hacer uso de sus archivos. Y también concuerdo con que es abusivo el cobro que ellos realizan. Es más, esto no sólo sucede con con los canales de televisión sino que también con otro tipo de archivos y obras con los cuales se construyen los documentales. Y ejemplos sobran, como el de Jon Else, dos veces nominado al Oscar. Else estaba grabando "Sing Faster", un documental sobre la Tetralogía del Anillo de Wagner, en el cual filmó a un grupo de tramoyistas de la Ópera de San Francisco jugando a las damas en la trastienda de la representación de los músicos líricos. Mientras jugaban damas, veían televisión, lo que para Else ayudaba a capturar mejor la escena. La toma incluyó en segundo plano cuatro segundos y medio de Los Simpsons, por lo que requería el permiso del titular. Matt Groening no tenía problema alguno, pero él no era el titular de los derechos, sino que la FOX. Desde las oficinas de la FOX, le comunicaron que la autorización ascendía al costo de la licencia, diez mil dólares. Y no había un mal entendido. Es el precio que la FOX establece para licenciar dichos dibujos animados. Aunque se trate de un documental sobre los tramoyistas en la ópera de Wagner. ¿El resultado final? Else tuvo que intervenir digitalmente la escena incluyendo un fragmento de un documental propio grabado con anterioridad. No pudo hacer uso de dicho fragmento, porque la ley no contemplaba su utilización. Las excepciones, en definitiva, no son para evitar que los creadores puedan vivir de la explotación comercial de su obra. Tampoco pretenden limitar la posibilidad de legítimo cobro por el uso comercial de sus creaciones. Muy por el contrario, la existencia de excepciones garantiza, entre otras cosas, un justo equilibrio entre los legítimos intereses de los autores y los derechos del público, que es lo que nuestra ley ha ignorado sistemáticamente en los últimos 30 años, y es lo que tenemos que cambiar. Saludos cordiales
Nicolás Carvajal | 23.04.2009
Buenísima argumentación. En realidad te encuentro gran parte de razón en lo que dices, aunque igual difiero un poco porque tiendes a unir mucho las "aulas" en la sala de clases, con el material que los alumnos a veces deben recopilar. Estoy absolutamente de acuerdo con la postura de que las empresas o cualquer entidad que lucren con la educación y la información, deben pagar el royalty correspondiente. Por otro lado, tenemos a una tropa no menor de personas (me incluyo) que en vez de andar con un ahora incómodo CD, prefiero tener un pendrive con música. Y eso es algo que nosotros como jóvenes valoramos: si tú compras algo, tienes el derecho de darle el uso que desees en el formato que tú estimes conveniente, con tal de no lucrar con ello. En fin, la ley siempre ha tenido, tiene y tendrá sus fallas. Debe ser porque nuestros representantes no son lo suficientemente buenos para acaparar las diversas posturas y lograr un punto común. Saludos
Alfredo Sepúlveda | 23.04.2009
Argumentación impecable, Carmen Luz. ¿Hay posibilidad de que puedan recurrir al tribunal constitucional si la ley sale con esas indicaciones?
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